La Jefatura de Gabinete determinó el esquema de feriados para el mes que comenzó de marzo. El cronograma oficial cuenta con una conmemoración nacional obligatoria y una jornada de receso optativo. Esta combinación de fechas genera la primera oportunidad de viaje después de las vacaciones de verano.
El mes cuenta con dos fechas destacadas que dan lugar a un fin de semana XL de cuatro días consecutivos. El descanso inicia el sábado 21 y finaliza el martes 24 de marzo. Este período surge de la unión entre el descanso habitual del sábado y domingo, un puente turístico y un feriado nacional inamovible.
El lunes 23 de marzo funciona como un puente turístico definido como día no laborable. El martes 24 de marzo conmemora el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Esta última fecha integra la lista de los feriados inamovibles de la República Argentina: las autoridades ministeriales comunicaron los detalles a través de sus canales digitales de consulta pública.
El marco normativo nacional establece distinciones fundamentales sobre cómo deben computarse estas jornadas de descanso. La Ley de Contrato de Trabajo precisa estas diferencias en sus artículos 181 y 182. El cumplimiento de estas reglas resulta obligatorio para todos los empleadores del sector privado y público.
En el caso del martes 24 de marzo, rigen las normas legales sobre el descanso dominical. La legislación indica: “En los feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical”. Esto significa que si el empleado presta sus servicios durante esa jornada, percibe una remuneración doble respecto de un día habitual de trabajo.
La situación cambia para el lunes 23 de marzo. Este día posee carácter de no laborable. La ley explica que en los días no laborables, el empleador tiene la opción de elegir si se trabaja. Si la empresa decide abrir sus puertas y convoca al personal, el trabajador recibe su salario simple de siempre. No existe obligación de pago adicional por las horas cumplidas en esta categoría de asueto.
El Gobierno Nacional fijó tres jornadas de este tipo para todo el ciclo anual. Además de la fecha de marzo, el calendario contempla días similares el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre. Todas estas medidas responden a lo establecido en la ley 27.399, también conocida como Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana Largos.
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Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.

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