La SEC clasifica los valores tokenizados en modelos patrocinados por el emisor y de terceros. Explicó los requisitos de cumplimiento legal bajo las leyes federales de valores.La SEC clasifica los valores tokenizados en modelos patrocinados por el emisor y de terceros. Explicó los requisitos de cumplimiento legal bajo las leyes federales de valores.

La SEC establece reglas claras para valores tokenizados, dividiéndolos en dos categorías clave

La Comisión de bolsa y valores de EE.UU. (SEC) ha publicado una nueva guía para aclarar cómo se aplican las leyes federales de valores a los valores tokenizados.

Emitida conjuntamente por la División de Finanzas Corporativas, la División de Gestión de Inversiones y la División de Operación y Mercados el 28 de enero, la declaración categoriza los valores tokenizados en dos tipos principales: patrocinados por el emisor y patrocinados por terceros.

Valores Tokenizados Patrocinados por el Emisor

Según la SEC, un valor tokenizado es un instrumento financiero que cumple con la definición legal de un "valor". Se representa o formatea como un activo cripto, mientras que los registros de propiedad se mantienen en una o más redes cripto.

En el modelo patrocinado por el emisor, el emisor o su agente integra tecnologías de ledger distribuido (DLT) en sus sistemas, de modo que las transferencias del activo cripto en la red correspondan a las transferencias en el archivo maestro oficial de tenedores de valores.

Los emisores pueden ofrecer valores en múltiples formatos, y un valor tokenizado puede considerarse de la misma clase que su contraparte tradicional si los derechos y privilegios son "sustancialmente" similares. En algunos casos, los emisores pueden emitir un activo cripto que no se integra directamente con el archivo maestro de tenedores de valores, pero puede usarse para efectuar transferencias de propiedad registradas off-chain, según lo explicado por la agencia de valores.

Emisión de Terceros: Custodial o Sintética

La segunda categoría involucra valores tokenizados patrocinados por terceros, donde entidades no afiliadas al emisor tokenizan los valores de otra parte. Estos pueden tomar la forma de valores tokenizados de custodio o valores tokenizados sintéticos. Los valores tokenizados de custodio ocurren cuando un tercero emite un activo cripto que representa un interés de propiedad en el valor de otra compañía. Los registros de propiedad de estos activos cripto pueden mantenerse en cadena o fuera de cadena por un tercero.

Por otro lado, los valores tokenizados sintéticos incluyen valores vinculados e intercambios basados en valores, que proporcionan exposición al valor subyacente pero no confieren derechos del emisor original. Los intercambios basados en valores emitidos como activos cripto solo pueden ofrecerse a participantes de contratos elegibles a menos que estén registrados con la SEC y se negocien en una bolsa de valores nacional.

La guía también establece que la clasificación y el formato de los valores tokenizados no alteran su tratamiento bajo las leyes federales de valores, y la SEC permanece disponible para interactuar con los participantes del mercado que buscan claridad o preparan presentaciones. Esta declaración tiene como objetivo ayudar a las empresas e inversores a navegar el panorama legal de los valores tokenizados mientras cumplen con los requisitos de registro y divulgación existentes.

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